El calendario fiscal de autónomos se organiza en cuatro trimestres: al terminar cada uno, durante el mes siguiente (abril, julio, octubre y enero) se presentan las declaraciones periódicas, como el IVA y los pagos a cuenta del IRPF. A eso se suman algunos resúmenes informativos a principios de año y la declaración de la renta en primavera. Los días exactos cambian cada año y los publica la Agencia Tributaria, así que lo práctico es conocer la estructura y consultar el calendario oficial de cada ejercicio.
La estructura básica del año
Piensa en el año como un ciclo que se repite cuatro veces, con un pico de trabajo en enero:
| Momento | Qué se suele presentar | A qué periodo se refiere |
|---|---|---|
| Abril | Declaraciones trimestrales | Primer trimestre (enero a marzo) |
| Julio | Declaraciones trimestrales | Segundo trimestre (abril a junio) |
| Octubre | Declaraciones trimestrales | Tercer trimestre (julio a septiembre) |
| Enero | Declaraciones trimestrales y resúmenes anuales | Cuarto trimestre y año anterior completo |
| Febrero y siguientes | Algunas declaraciones informativas anuales | Año anterior |
| Primavera y principios de verano | Declaración de la renta | Año anterior |
Ten en cuenta que el plazo del cuarto trimestre suele ser algo más amplio que los demás y que, cuando la declaración sale a pagar y se domicilia, el plazo para hacerlo termina unos días antes que el plazo general.
Declaraciones trimestrales más habituales
No todos los autónomos presentan las mismas. Depende de la actividad, del régimen de tributación y de si tienes empleados o alquilas un local. Las más comunes son:
- Modelo 303, IVA: la liquidación del IVA cobrado y pagado. Explicación detallada en modelo 303.
- Modelo 130, pago fraccionado del IRPF: para autónomos en estimación directa que no estén exentos.
- Modelo 131: el equivalente para quienes tributan por módulos.
- Modelo 111: si pagas a trabajadores o a profesionales a los que practicas retención, ingresas esas retenciones.
- Modelo 115: si alquilas un local para tu negocio y practicas retención al arrendador.
- Modelo 349: si realizas operaciones intracomunitarias, con una periodicidad que depende del volumen.
Declaraciones anuales
A principios de año se presentan los resúmenes de lo declarado en los trimestres y algunas informativas:
- Modelo 390: resumen anual del IVA, del que algunos contribuyentes quedan exonerados.
- Modelo 190: resumen anual de las retenciones del modelo 111.
- Modelo 180: resumen anual de las retenciones por alquileres del modelo 115.
- Modelo 347: operaciones con terceros por encima del importe que fija la normativa. Tienes una guía en modelo 347.
Y, en la campaña de primavera, la declaración de la renta, donde se calcula el IRPF definitivo del año y se descuentan los pagos fraccionados y retenciones.
Cómo saber qué te toca a ti
La lista exacta depende de tu situación y la debería tener clara tu gestoría. Una forma práctica de verlo es pedirle una tabla con las declaraciones que te presenta, su periodicidad y qué documentación necesita para cada una. Cuando cambie algo en tu negocio (contratas a alguien, alquilas un local, empiezas a vender fuera de España), avísala para que actualice esa lista.
Las fechas oficiales de cada año están en el calendario del contribuyente que publica la Agencia Tributaria, que también permite suscribirse a avisos.
Una rutina para no ir con prisas
El problema de la mayoría de autónomos no es la declaración, sino reunir la documentación a última hora. Una rutina sencilla:
Durante el trimestre
- Emite las facturas en el momento y guárdalas en una carpeta por trimestre.
- Pide factura completa de cada gasto y súbela o escanéala esa misma semana.
- Aparta cada mes una parte de lo facturado para impuestos.
Al cerrar el trimestre
- Revisa que la numeración de tus facturas es correlativa y no falta ninguna.
- Reclama a proveedores las facturas que no te han llegado.
- Concilia los movimientos del banco con facturas emitidas y recibidas.
- Envía todo a la gestoría en la primera semana del mes siguiente, sin esperar al final del plazo.
Después de presentar
- Guarda los justificantes de presentación y pago.
- Anota en la agenda el próximo cierre y las fechas de los cargos domiciliados.
Si quieres una lista más completa de lo que se envía, la tienes en qué documentación pide la gestoría cada trimestre.
Qué parte es de la gestoría y qué parte es tuya
La gestoría calcula y presenta las declaraciones. La recopilación de facturas, la reclamación de las que faltan, el orden de los justificantes y el envío a tiempo siguen siendo responsabilidad del negocio. Esa frontera suele generar fricciones, y es justo la parte que se puede delegar sin cambiar de gestoría. Si quieres ver con más detalle dónde está ese límite, lo explicamos en lo que tu gestoría no hace.
Un ejemplo habitual: un electricista que trabaja todo el día en obra deja las facturas de proveedores en la furgoneta y los tiques en la cartera. Cuando la gestoría le pide la documentación del trimestre, tiene que reconstruirlo todo en una tarde. Si alguien recoge esos justificantes cada semana y los deja ordenados, el cierre trimestral se convierte en un simple envío.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si se me pasa un plazo?
Presentar fuera de plazo puede conllevar recargos o sanciones, según el caso. Lo más recomendable es avisar cuanto antes a tu gestoría para presentarlo y valorar las consecuencias.
¿Los plazos son iguales todos los años?
La estructura es muy parecida, pero los días concretos pueden variar por festivos y por decisiones de la Agencia Tributaria. Consulta siempre el calendario oficial del año.
¿Tengo que presentar declaraciones si no he tenido actividad?
Si sigues de alta, en general hay que presentar las declaraciones periódicas aunque salgan a cero. Confírmalo con tu gestoría.
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